CÓDIGO ÉTICO
Skål International

 

1. INTRODUCCION 

Fundada en 1934, la Asociación Internacional de Skål Clubes es la única organización profesional que promueve el turismo mundial y la amistad, uniendo a todos los sectores de la industria de los viajes y el turismo. Entre otros, nuestros objetivos son promover y ayudar al desarrollo profesional de los jóvenes implicados en la industria de los viajes y el turismo, o fomentar la amistad, el entendimiento mutuo, la paz y la solidaridad entre nuestros miembros, promoviendo así el desarrollo de los intereses comunes de las comunidades en las que están representados y de una industria turística responsable.

Somos una organización sin ánimo de lucro, que ha desarrollado todas sus actividades respetando la legalidad, estableciendo los marcos de actuación más éticos, responsables y transparentes con nuestros grupos de interés.

El presente Código Ético (en lo sucesivo, "el Código") contiene las políticas fundamentales de nuestra Asociación (en lo sucesivo, "Skål"), que se basan en el compromiso con los más altos estándares de integridad, comportamiento ético, transparencia, seguridad y responsabilidad corporativa. Actuar con integridad significa que todas nuestras acciones deben estar guiadas por la responsabilidad, la honestidad, la equidad y la ética.

El presente documento "Código Ético" tiene por objeto difundir entre los empleados, miembros de los Órganos de Gobierno (Junta Directiva y Asamblea General), socios individuales y Clubes, socios y otras partes interesadas, los principios, valores y comportamientos que deben servir de guía para el desarrollo de su actividad en el marco de actuación de la Asociación.

Este Código Ético es aplicable a todas las personas sujetas a lo dispuesto en el punto segundo, por lo que es imprescindible leerlo, comprenderlo y cumplirlo. 

Tanto las disposiciones específicas contenidas en este Código como los principios y valores que lo sustentan constituyen un Pilar Básico en el funcionamiento de la Asociación y su estricto cumplimiento se considera un elemento esencial de convivencia en el seno de la misma.

La Asociación Skål verifica el cumplimiento de estos principios a través del Comité de Cumplimiento (Compliance Officers), siendo una de sus funciones más importantes verificar la difusión, conocimiento y cumplimiento de este Código Ético y del resto de normas de Cumplimiento Normativo. Asimismo, su función fundamental es facilitar la prevención, detección y eliminación de conductas irregulares y/o ilegales, contribuyendo así a mantener y proteger los valores y el buen nombre de la Asociación. 


2. ÁMBITO DE APLICACIÓN 

El propósito de este Código Ético es establecer los principios básicos y las normas de conducta que deben regir la Asociación Skål.

El presente Código se aplica, a partir de su entrada en vigor, a las siguientes personas, independientemente de su ubicación geográfica o funcional (denominadas colectivamente "miembros"):

- Miembros del Comité Ejecutivo

- Asamblea General (miembros individuales y/o Clubes)

- Empleados

- Socios

-Proveedores

- Otras partes interesadas

Los miembros de la Asociación a los que también sean de aplicación otros códigos éticos o códigos de conducta de carácter sectorial o derivados de la legislación nacional de los países en los que desarrollan sus actividades, se comprometen ante Skål a cumplirlos igualmente. 

En todas aquellas materias propias del sector que cuenten con regulación legal y/o requieran una regulación adicional detallada, las normas de este Código Ético se complementan con las contenidas en la normativa interna de la Asociación (Prevención de Blanqueo de Capitales, Protección de Datos, etc.). 

The fact that a particular conduct is not contained in this Code does not prevent it from being considered contrary to the general principles of the Code and, consequently, it may be subject to the consideration of the Compliance Committee and the corresponding disciplinary actions. 

La Asociación no tendrá relación alguna con entidades cuyo Código Ético no sea, al menos, respetuoso con los principios éticos generales de la Asociación o que no se adhieran al mismo.


3. OBLIGACIÓN DE CONOCER Y CUMPLIR LA NORMATIVA

Todos los socios que forman parte de Skål Internacional están obligados a conocer y cumplir el Código Ético y las normas aprobadas, así como a colaborar para facilitar su implantación en la Asociación, incluyendo la comunicación al Comité de Cumplimiento de cualquier incumplimiento del mismo o de hechos que pudieran constituir una posible infracción del mismo.  

Este Código Ético estará a disposición de todos los empleados de Skål y de los miembros de la Junta Directiva en su área privada de Microsoft Teams, así como en la página Web para todos los miembros y para conocimiento de terceros (socios, proveedores, partes interesadas, etc.) en la página Web de la Asociación Skål como parte esencial de los principios de buen gobierno corporativo y de los principios de transparencia.

Para la comunicación de este Código y su aceptación, se enviará un correo electrónico a todos los empleados y al Presidente de cada Club (que aceptará este Código en nombre de todos los miembros de ese Club) y a los Miembros Individuales, para que también lo acepten. Todos los destinatarios deberán aceptar el Código Ético a través de este formulario y sus aceptaciones serán recibidas y archivadas por el Comité de Cumplimiento.

Como norma general, los contratos con proveedores mencionarán expresamente el presente Código Ético.

Any modifications, amendments or new ethical guidelines that may affect this Code of Ethics will be communicated to employees and members of the General Assembly in the same manner as indicated above, and the modification will subsequently be posted on the website in such a way that these modifications can be made known immediately.  

Cualquier modificación del presente Código deberá ser aprobada, a propuesta del Comité de Cumplimiento, por el Comité Ejecutivo.

   

TÍTULO II. PRINCIPIOS ÉTICOS GENERALES DE LA ASOCIACIÓN  

4.MISIÓN, VISIÓN Y VALORES

A. MISIÓN

A través de nuestro liderazgo, nuestra profesionalidad y nuestro concepto de amistad, trabajando juntos para lograr nuestra Visión, maximizar las oportunidades de creación de redes empresariales y desarrollar una industria turística responsable.

B. VISIÓN

Ser una voz de confianza en el sector turístico.

C. VALORES

- Integridad

- Honestidad

- Lealtad

- Transparencia

- Profesionalidad

- Confidencialidad y protección de la información

- Respeto a todas las partes interesadas y a los miembros de la Asociación

- Prudencia en el cumplimiento de la misión de la Asociación

- La búsqueda de la equidad

- Prevención de la delincuencia


5. PRINCIPIOS ÉTICOS DE LA ASOCIACIÓN

Los principios éticos de la Asociación, el buen gobierno corporativo, la responsabilidad social corporativa y la ética profesional de todos los Miembros son los pilares en los que se basan todas las actividades de la Asociación Skål.

La conducta de los diputados y, en la medida en que sea aplicable a las personas mencionadas en el párrafo anterior, se ajustará a los siguientes principios básicos:

a) Respeto de la legalidad

Nuestros miembros deben cumplir las leyes, reglamentos y normas aplicables en su trabajo. Deben comprender y seguir las políticas, procedimientos y directrices relacionados con la seguridad y la calidad. Los miembros también deben informar de cualquier infracción o posible infracción de las leyes o políticas.

Además, los miembros no participarán a sabiendas en actividades ilícitas o en actos que sean o puedan ser perjudiciales para la reputación de la Asociación, respetando y contribuyendo a los objetivos legítimos y éticos de la Organización.

Skål proporcionará a los socios una explicación de la normativa aplicable en cada caso y, con el fin de aclarar y resolver las dudas que puedan surgir, Skål pondrá a disposición de los socios todos sus recursos.

b) Ética y profesionalidad

Los empleados de la Asociación deberán cumplir estrictamente la normativa contable, fiscal y laboral aplicable, evitando riesgos de ineficacia en la toma de decisiones.

La Asociación también está especialmente comprometida en la lucha contra la corrupción y el fraude. Por ello, desarrollará planes de formación específicos relacionados con estos temas para sensibilizar a su personal.

Esperamos que nuestros miembros se comporten de forma profesional en todo momento. Esto incluye ser respetuoso y cortés con los compañeros, los clientes y todas las partes interesadas. Los afiliados deben actuar con integridad, honradez y transparencia en todas sus relaciones y comunicarse con eficacia y claridad.

c) En materia de derechos humanos

Todas las acciones de los Miembros de Skål Internacional respetarán los Derechos Humanos y las Libertades Civiles incluidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así como el Código Ético Mundial para el Turismo.


6. PERSONAL DE LA ASOCIACIÓN

Derechos Humanos: Igualdad y no discriminación, dignidad, integridad y privacidad

La Asociación aplica una política de respeto de los derechos humanos. En particular, está en contra del trabajo infantil y del trabajo forzado, y se compromete a tratar a todas las personas con dignidad y respeto, y a no discriminarlas en ninguna circunstancia.

La Asociación basa su política de retribución, de horas extraordinarias, de beneficios sociales y de vacaciones en la legislación aplicable, sin perjuicio de las mejoras que desee implementar para mejorar el bienestar de sus empleados y su posición competitiva como marca empleadora.

La Asociación no permite ni tolera la discriminación por razón de sexo, raza, color, nacionalidad, origen social, edad, estado civil, orientación sexual, ideología, opiniones políticas, religión o cualquier otra condición personal, física o social de sus miembros, y promueve la igualdad de oportunidades.

Es un principio básico de actuación de la Asociación proporcionar igualdad de oportunidades en los procesos de reclutamiento, selección y promoción profesional, garantizando en todo momento la ausencia de discriminación por razón de sexo, raza, color, nacionalidad, origen social, edad, estado civil, orientación sexual, ideología, opiniones políticas, religión o cualquier otra condición personal, física o social.

En particular, promueve la igualdad de trato entre hombres y mujeres y rechaza cualquier manifestación de acoso, abuso de autoridad, violencia o cualquier otra conducta que genere un entorno de trabajo intimidatorio u ofensivo para los derechos de sus empleados, cualquiera que sea su forma de expresión. Sobre esta base, la Asociación ha aprobado un Protocolo de Prevención de la Violencia y el Acoso Sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral, a través del cual cualquier empleado puede denunciar cualquier situación de acoso que se produzca a un canal especializado.

Todos los miembros de la Asociación se comprometen a mantener un entorno de trabajo respetuoso con la dignidad y la libertad personal. Asimismo, las relaciones entre los miembros o empleados de la Asociación y las empresas o colaboradores externos se basarán en el respeto profesional y la colaboración mutua.

Conciliación

Skål fomenta y promueve la conciliación de la vida laboral y familiar de todos nuestros empleados, reconociendo la necesidad y la importancia de mantener un equilibrio entre ambas esferas en beneficio del profesional, de la Asociación y del empleado.

En este sentido, la Asociación apuesta por la puesta en marcha de todas aquellas medidas que puedan lograr una conciliación efectiva de la vida laboral y familiar, como la implantación de dos días de teletrabajo a la semana.


Salud y seguridad en el trabajo - Prevención de riesgos laborales

Los objetivos de la Asociación en materia de salud y seguridad en el trabajo son: i) la prevención de incidentes como garantía de salvaguarda de la salud y la seguridad de los trabajadores y ii) promover la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la prevención de los riesgos laborales.

De esta forma, la Asociación cumple con la normativa de Seguridad y Salud en el Trabajo de acuerdo con la normativa vigente en el país y todos los trabajadores conocen y cumplen la normativa de prevención de riesgos laborales, asegurando el cumplimiento de las medidas de prevención adoptadas, para su seguridad y salud de acuerdo con su formación e instrucciones.

Así, los trabajadores están obligados a: (i) contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas para proteger la seguridad y la salud de los profesionales en el trabajo y (ii) cooperar con la Asociación para que ésta pueda garantizar unas condiciones de trabajo seguras que no supongan riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.

Formación

Planificamos la formación de nuestros empleados, ofreciendo igualdad de oportunidades y un desarrollo profesional que contribuya a la consecución de los objetivos de la Asociación.

Sobre esta base, se llevan a cabo cursos de formación a través de los fondos de la FUNDAE. También pueden realizarse cursos adicionales al margen de este presupuesto, que corren a cargo de la Asociación.

Todos los empleados tienen el deber de participar activamente en los planes de formación puestos a su disposición, implicarse en su propio desarrollo y comprometerse a mantenerse al día de los conocimientos y competencias necesarios para aportar valor añadido, mantener un rendimiento excelente y avanzar en su desarrollo profesional.

Recursos y medios para el desarrollo de la actividad

La Asociación Skål se compromete a poner a disposición de los trabajadores los recursos y medios necesarios y adecuados para el desarrollo de la actividad.

Los empleados de la Asociación se comprometen a hacer un uso responsable de los recursos y medios puestos a su disposición, utilizándolos exclusivamente para actividades en interés de la Asociación, de forma que dichos recursos y medios no serán utilizados ni aplicados para fines privados.

La utilización de los equipos, sistemas y programas informáticos que la Asociación pone a disposición de los empleados para el desempeño de su trabajo, incluida la facilidad de acceso y funcionamiento en Internet, deberá ajustarse a criterios de seguridad y eficacia, excluyendo cualquier uso, acción o función informática ilícita o contraria a las normas o instrucciones impartidas. Es decir, no está permitido utilizar los equipos para utilizar programas o aplicaciones informáticas cuyo uso sea ilegal, que puedan dañar la imagen de la Asociación o su reputación, o para acceder, descargar o distribuir contenidos ilegales u ofensivos.

Redes sociales, blogs y otros medios de comunicación

Skål Internacional reconoce la importancia del uso responsable de los medios sociales y las plataformas digitales. Los miembros tienen prohibido compartir contenidos inapropiados, ofensivos, discriminatorios, difamatorios o perjudiciales para la reputación y la integridad de la asociación, sus miembros, empleados o terceros. El uso indebido de estas plataformas puede dar lugar a medidas disciplinarias.

Confidencialidad de los datos de los trabajadores y de los miembros de la Asamblea General

Skål International se compromete a solicitar y utilizar únicamente los datos personales de los empleados que sean necesarios o exigidos por la legislación aplicable.

Asimismo, los datos de los miembros de la Asamblea General de Skål Internacional a los que tengan acceso otros miembros a través de la base de datos de la plataforma de la Asociación serán tratados de forma lícita, leal, transparente y únicamente para los fines correspondientes al objeto social recogido en los Estatutos de la Asociación.

De este modo, se adoptarán las medidas necesarias, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente en cada momento, para preservar la confidencialidad de los datos de carácter personal conservados y garantizar su tratamiento, cuando sea necesario por motivos debidamente justificados.

Los empleados que, en el desempeño de su trabajo, tengan acceso a información de otros empleados deberán respetar y promover la confidencialidad de esta información y utilizarla de forma responsable y profesional.

La información a la que puedan tener acceso debe estar protegida contra su divulgación a terceros. Incluso cuando se maneje internamente y antes de ser transferida dentro de la Asociación, la información confidencial sólo debe ponerse a disposición de aquellos empleados que la necesiten para el desempeño de sus funciones oficiales, y tampoco puede utilizarse fuera del ejercicio de sus funciones.


TÍTULO III. PRINCIPIOS ÉTICOS GENERALES DE CONDUCTA

7. CONFLICTO DE INTERESES

Se produce un conflicto de intereses cuando los intereses personales de los empleados y miembros de la Asamblea General que componen la Asociación, directa o indirectamente, son contrarios a los intereses de Skål Internacional, interfieren en el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades profesionales o les implican personalmente en cualquier transacción u operación comercial de Skål Internacional.

Los miembros deben comprometerse a actuar con integridad y buena fe en las actividades relacionadas con los asuntos de la Asociación. Para ello, es esencial que los miembros no participen en actividades que den lugar a un conflicto de intereses o puedan interpretarse como tal. En este sentido, actuarán siempre de forma que sus intereses privados, los de sus familiares u otras personas relacionadas con ellos no prevalezcan sobre los de la Asociación, en línea con la Política de prevención de la corrupción en los negocios, que incluye políticas sobre la gestión de conflictos de intereses.

Esta norma de conducta se aplicará tanto en las relaciones de las personas sujetas a este Código con la Asociación, como en sus relaciones con los proveedores o cualquier otro tercero que tenga relación con la Asociación.

A este respecto, deben seguirse sin excepción las directrices generales de conducta establecidas en la Política de prevención de la corrupción en los negocios.


8. POLÍTICA DE REGALOS E INVITACIONES

Los empleados de Skål basan su relación con todo el personal externo en los principios de lealtad, profesionalidad y transparencia y actúan para evitar comportamientos fraudulentos o corruptos.

Los empleados no podrán aceptar ni entregar regalos o invitaciones en el desempeño de su trabajo, salvo que se trate de atenciones de cortesía o habituales en los negocios, o de invitaciones que se consideren ordinarias o habituales de acuerdo con los usos sociales. En cualquier caso, no se aceptarán regalos o invitaciones que estén prohibidos por la normativa aplicable o que puedan condicionar la profesionalidad o independencia o influir en la toma de decisiones profesionales.

No podrán, directamente o por persona interpuesta, ofrecer o conceder, ni solicitar o aceptar, ventajas o beneficios injustificados con el fin inmediato o indirecto de obtener un beneficio, presente o futuro, para la Asociación, para sí mismos o para un tercero. En particular, no podrán dar ni recibir ningún tipo de soborno o comisión de ninguna otra parte implicada, como funcionarios públicos, personal de otras empresas, partidos políticos, autoridades, clientes, proveedores y suministradores. Los actos de soborno, que están expresamente prohibidos, incluyen la oferta o promesa directa o indirecta de cualquier tipo de ventaja indebida.

A este respecto, los empleados deben seguir las disposiciones de la Política de Prevención de la Corrupción Empresarial, que incluye políticas sobre la aceptación y entrega de regalos.


9. PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL

Skål Internacional posee la propiedad y los derechos de uso y explotación del software, los sistemas informáticos, el hardware y las marcas registradas.

Todas las personas asociadas a Skål deben respetar y preservar los derechos de propiedad intelectual e industrial de la Asociación y de terceros. Ningún material protegido por derechos de propiedad intelectual e industrial podrá ser copiado, divulgado, distribuido, cargado, descargado o alojado sin las autorizaciones pertinentes. En caso de duda sobre la disponibilidad de un determinado elemento protegido por derechos de propiedad intelectual o industrial, deberá consultarse al Comité de Cumplimiento.


10. ACTIVIDADES DE INSPECCIÓN

Las relaciones con las autoridades, reguladores u organismos supervisores se desarrollarán de acuerdo con los principios de transparencia y cooperación, facilitando siempre cualquier tipo de inspección que puedan realizar sobre la Asociación.

Todos los empleados tienen la obligación de colaborar con aquellos departamentos que coordinan las relaciones con los diferentes supervisores, respondiendo con eficacia y diligencia a las solicitudes de información requeridas por dichos departamentos.


11. BLANQUEO DE CAPITALES Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO

Skål Internacional dispone de políticas y procedimientos de control interno para prevenir y evitar las operaciones de blanqueo de dinero procedentes de actividades delictivas o ilícitas o que puedan ser utilizadas para la financiación del terrorismo, entre otras. Las Personas Sujetas deberán prestar especial atención a aquellos casos en los que existan indicios de falta de integridad de las personas o entidades con las que realicen negocios, comunicando inmediatamente cualquier incidencia al respecto a través del Canal de Denuncias (Sistema de Información Interno) habilitado al efecto.


12. TRANSPARENCIA FINANCIERA Y GESTIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS

La Asociación se compromete a cumplir sus obligaciones fiscales en todos los territorios y jurisdicciones en los que opera, optando siempre por una política fiscal prudente.

En consecuencia, los empleados y miembros de la Asamblea General evitarán, además de cualquier conducta dirigida a defraudar a la Hacienda Pública, a la Seguridad Social o a cualquier otro organismo público, la obtención de cualquier tipo de ventaja, beneficio fiscal o social o subvención por medios fraudulentos.


13. DESARROLLO SOSTENIBLE

Todos los miembros y empleados se comprometen activa y responsablemente con la conservación del medio ambiente, respetando los requisitos legales y desarrollando sus actividades de forma que se minimicen los impactos ambientales y considerando el equilibrio urbano sostenible. Asimismo, se compromete a aplicar políticas sociales y de buen gobierno para promover nuevos avances en este ámbito y contribuir a mejorar los objetivos de sostenibilidad establecidos en los protocolos de la Asociación, siguiendo las recomendaciones y procedimientos que puedan establecerse.

De este modo, todos los miembros y empleados se comprometen activa y responsablemente a cumplir y apoyar los principios del Pacto Mundial.


14. RELACIONES PROFESIONALES

Empleados

La conducta de los empleados de la Asociación se ajustará a los principios de profesionalidad e integridad, así como al cumplimiento del presente Código Ético y de los valores éticos detallados en el punto cuarto de este documento, y de cualesquiera otros textos que puedan ser complementarios del mismo.

Se entiende por comportamiento profesional toda conducta diligente, responsable, eficiente y orientada a la calidad, la excelencia y la innovación, dentro de su ámbito de competencia.

Asimismo, se entiende por conducta íntegra la actuación honesta, leal, de buena fe y acorde con los intereses y valores de la Asociación.

Relations with members of Skål International (Skålleagues) 

Employees and members of the Governing Bodies of the Skål Association must act with integrity towards the members of the Association with the objectives of achieving the highest standards of quality, excellence in service delivery and the long term development of relationships based on trust, ethics and mutual respect. 

La relación que se establezca con ellos debe basarse en la veracidad, la transparencia y el compromiso de confidencialidad en el uso y transmisión de la información, tanto profesional como personal.

Proveedores

Los procesos de selección de proveedores se desarrollan con transparencia y objetividad, evitando situaciones que puedan afectar a la imparcialidad u objetividad de las personas que participan en los mismos. A tal efecto, aquellos profesionales que intervengan directamente en las decisiones sobre la contratación de suministros, servicios o fijación de condiciones económicas de los mismos, evitarán cualquier tipo de interferencia que pueda afectar a su imparcialidad u objetividad al respecto.

Del mismo modo, siempre que sea posible, deben evitarse las situaciones de exclusividad con un proveedor y las relaciones deben regirse por los principios de integridad, profesionalidad y transparencia.

El respeto a los principios éticos de la Asociación se extenderá, en la medida de lo posible, a los proveedores o a cualquier otra persona o entidad que mantenga relaciones comerciales con la Asociación. En este sentido, la Asociación no mantendrá relaciones con entidades cuyo Código Ético no sea, al menos, respetuoso con los principios éticos generales de la Asociación o que no se adhieran a los mismos.

Administraciones públicas

Las relaciones con las administraciones públicas se regirán por los principios de legalidad, colaboración, transparencia, profesionalidad y buena fe.

Skål Internacional acatará las decisiones administrativas o judiciales que se adopten en cada caso y conservará el derecho a recurrir en caso de que se considere que dichas decisiones no son conformes a derecho.


TÍTULO IV: PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

15. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL

Transparencia de la información y política de privacidad

Skål Internacional considera que la recopilación y el buen uso de la información es una ventaja competitiva y que su administración y tratamiento deben ser responsables, seguros, objetivos y acordes con la legislación vigente.

Durante nuestras operaciones, generamos información propietaria o confidencial, técnica o comercial que es valiosa y cuya divulgación podría perjudicar nuestros intereses, los de nuestros miembros y proveedores. Nuestra Asociación se compromete a regular de forma clara y razonable la identificación, manejo y protección de nuestra información propietaria, confidencial o secreta.

Asimismo, en el desarrollo de nuestra actividad, generamos información confidencial de nuestros miembros de la Asamblea General a la que tienen acceso otros miembros de la propia Asamblea General para llevar a cabo la finalidad u objeto de la Asociación.

Los destinatarios del Código Ético deben conocer y cumplir las disposiciones de este Sistema.

Tratamiento de la información

La información manejada por los miembros debe tratarse y reflejarse de forma precisa, veraz y clara.

Además, deben preservar el conocimiento, facilitando su difusión a otros miembros con la debida transparencia cuando así se requiera, y poniéndolo a disposición de los sistemas de gestión del conocimiento que se establezcan al efecto, para facilitar la gestión de las actividades y potenciar el desarrollo de las personas.

Tratamiento de la información confidencial (incluida la información de otros miembros de la Asamblea General)

Los miembros tienen la obligación de proteger la información y los conocimientos generados en el seno de la Asociación, ya sea por propiedad o por deber de custodia de dicha información.

Los datos de los miembros de la Asamblea General de la Asociación Skål a los que tengan acceso otros miembros serán tratados de forma lícita, justa y transparente y únicamente para los fines correspondientes al objeto social establecido en los Estatutos de la Asociación.

Los miembros se abstendrán de utilizar en beneficio propio los datos, informaciones o documentos obtenidos. Tampoco comunicarán información a terceros, salvo en cumplimiento de la normativa aplicable, las normas internas o cuando estén expresamente autorizados para ello. Asimismo, no utilizarán datos, información o documentos confidenciales de una tercera empresa sin su autorización por escrito.

También se comprometen a mantener la confidencialidad y a utilizar los datos, información o documentos obtenidos en el ejercicio de sus funciones de conformidad con la normativa interna pertinente.

La obligación de confidencialidad sobrevivirá al cese de la actividad o de la pertenencia a la Asamblea General e incluirá la obligación de destruir cualquier material relacionado con la Asociación que esté en posesión del miembro en cuestión en el momento del cese de su relación con Skål.

Protección de datos personales

Garantizamos el respeto de la intimidad personal y familiar de todas las personas, ya sean empleados u otras, a cuyos datos tengamos acceso. Las autorizaciones para utilizar datos deben responder a solicitudes concretas y justificadas. Los empleados y miembros de la Asamblea General deben cumplir estrictamente las normas internas y externas establecidas para garantizar el tratamiento adecuado de la información y los datos facilitados a la Asociación por terceros.

En la recogida de datos personales de empleados, proveedores o cualquier persona o entidad con la que exista una relación contractual o de otro tipo, todo el personal debe obtener los consentimientos y autorizaciones necesarios, y comprometerse a utilizar los datos de acuerdo con la finalidad autorizada por la parte consentidora.

Además, deben conocerse y respetarse todos los procedimientos internos implantados en relación con el almacenamiento, la custodia y el acceso a los datos y que tienen por objeto garantizar los distintos niveles de seguridad requeridos en función de la naturaleza de los datos.

Los empleados informarán a su superior de cualquier incidente que detecten relacionado con la confidencialidad de la información o la protección de datos personales.


TÍTULO V: APLICACIÓN Y CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO ÉTICO

La supervisión y respeto de las directrices, principios y valores recogidos en el Código Ético es responsabilidad de todos los miembros de la Asociación, que están obligados a promover su cumplimiento y contribuir al mantenimiento de una cultura de cumplimiento, tal y como se recoge en el correspondiente Protocolo. Sin perjuicio de lo anterior, la aplicación del Código Ético y, en general, de las políticas de cumplimiento es responsabilidad del Comité de Cumplimiento. A tal efecto, se regirá por los principios descritos en el apartado siguiente.


16. NOTIFICACIÓN DE INFRACCIONES

En caso de infracciones o irregularidades con respecto a: (i) incumplimientos del presente Código; (ii) incumplimientos de otras normas internas; (iii) otros hechos presuntamente delictivos (tales como soborno en el ámbito público y privado, uso de información confidencial, fraude, etc.) y (iv) incumplimientos de normas y/o procedimientos internos en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, deberán ser comunicados al Comité de Cumplimiento de forma inmediata a través del Sistema Interno de Denuncias (Canal de Denuncias).

No obstante, toda la información relacionada con la gestión de las denuncias tendrá la consideración de información confidencial y será gestionada por el Comité de Cumplimiento, tal y como indica la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que denuncien infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

A tal efecto, los Empleados y las personas relacionadas con la Asociación, según lo establecido en el procedimiento de gestión del Sistema de Información Interno (Canal de Denuncias) podrán dirigirse al Comité de Cumplimiento, a través del Sistema de Información Interno, para comunicar lo que consideren un incumplimiento.


17. RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Si se detecta un incumplimiento del Código Ético o de cualquier otra norma interna o externa por parte de cualquier persona vinculada a la Asociación, deberá investigarse la conducta y valorar la posibilidad de adoptar las medidas oportunas para (i) sancionar la conducta, (ii) evitar su repetición y (iii) reparar el daño causado.

Cuando se produzca una infracción de este tipo, consulte el artículo IX del Reglamento interno para comprobar qué órgano la sanciona y cuál es el procedimiento.

No obstante, si los hechos tuvieran trascendencia jurídico-penal, se adoptarán las medidas necesarias para que, a la mayor brevedad posible, se pongan en conocimiento de la Administración de Justicia.

Asimismo, para la adopción de las anteriores decisiones, la Asociación podrá recabar el asesoramiento jurídico interno o externo que considere necesario.

En cualquier caso, deben respetarse los derechos a: (i) la presunción de inocencia, (ii) ser informado de los cargos que se le imputan y (iii) una defensa adecuada.

Así, si se produce una de estas situaciones, corresponderá a la Junta Directiva, previo asesoramiento y siguiendo el procedimiento adecuado, sancionar al empleado o miembro de la Asamblea General o incluso destituirlo/expulsarlo si el hecho reviste especial importancia.


18. APROBACIÓN, DIFUSIÓN Y MODIFICACIÓN

El presente Código Ético ha sido aprobado por el Comité Ejecutivo de Skål Internacional.

Este Código Ético, de obligado cumplimiento, ha sido comunicado a todos los empleados de la asociación y a los miembros de la Asamblea General (Clubes - Presidente de Club - y socios individuales) por correo electrónico, quienes lo han recibido y firmado el formulario adjunto en señal de conformidad con el mismo. En caso de nueva incorporación a Skal Internacional, ya sea como empleado o como miembro de la Asamblea General, se entregará una copia del Código Ético junto con el formulario respectivo para su conformidad. Y, posteriormente, para terceros, a través de la página web https://www.Skål.org.

Todos los empleados y miembros actuales y futuros de la Asociación aceptan los valores, principios, normas y directrices de conducta establecidos en el presente Código. Nadie, independientemente de su cargo, puede pedir a un miembro de la Asociación que contravenga las disposiciones del presente Código Ético. Si un miembro recibe una orden de un superior contraria al Código Ético, deberá comunicarlo al Comité de Cumplimiento.

Esta declaración de principios se actualizará periódicamente, adoptando todas aquellas propuestas que sean susceptibles de ser incorporadas a este documento.

La modificación del presente Código Ético será responsabilidad del Comité de Cumplimiento, con la aprobación del Comité Ejecutivo.